Ley de Colegios Profesionales de 1974. Cincuenta años de una ley al servicio de la sociedad
Unión Profesional celebra cincuenta años de una ley que articula y pone en valor la función de los colegios profesionales, a los que felicita por la extraordinaria labor al servicio de los profesionales y la ciudadanía. No podemos concebir una sociedad sin que los colegios profesionales ofrezcan las certidumbres y seguridad que necesita, y sin que sean el apoyo y estimulo permanente de los profesionales en su camino hacia la excelencia.
Unión Profesional, asociación que reúne 34 Consejos Generales y Colegios Profesionales de ámbito nacional, que agrupan a 1.000 colegios territoriales con una base de un millón y medio de profesionales colegiados, celebra el cincuenta aniversario de la Ley de
Unión Profesional celebra cincuenta años de una ley que articula y pone en valor la función de los colegios profesionales, a los que felicita por la extraordinaria labor al servicio de los profesionales y la ciudadanía. No podemos concebir una sociedad sin que los colegios profesionales ofrezcan las certidumbres y seguridad que necesita, y sin que sean el apoyo y estimulo permanente de los profesionales en su camino hacia la excelencia.
Unión Profesional, asociación que reúne 34 Consejos Generales y Colegios Profesionales de ámbito nacional, que agrupan a 1.000 colegios territoriales con una base de un millón y medio de profesionales colegiados, celebra el cincuenta aniversario de la Ley de Colegios Profesionales de 1974, recordando que la Constitución Española de 1978 marcó un hito histórico en la consideración de las corporaciones como una categoría social incardinada en la sección titulada “de los derechos y deberes de los ciudadano”.
La garantía del interés general y la máxima calidad en la prestación de los servicios profesionales se encuentra amparada por el legislador desde hace medio siglo y ha sabido evolucionar y adaptarse conforme el avance de los tiempos, las sociedades y los saberes. La pertenencia a un colegio profesional supone una garantía institucional de la vigilancia y control de la buena práctica profesional en beneficio de la ciudadanía y la sociedad en su conjunto, recordando que la Constitución Española de 1978 marcó un hito histórico en la consideración de las corporaciones como una categoría social incardinada en la sección titulada “de los derechos y deberes de los ciudadano”.
La garantía del interés general y la máxima calidad en la prestación de los servicios profesionales se encuentra amparada por el legislador desde hace medio siglo y ha sabido evolucionar y adaptarse conforme el avance de los tiempos, las sociedades y los saberes. La pertenencia a un colegio profesional supone una garantía institucional de la vigilancia y control de la buena práctica profesional en beneficio de la ciudadanía y la sociedad en su conjunto.
ICPTF